LA PRIORIDAD DE LOS PARQUES EÓLICOS POR ENCIMA DEL MEDIO AMBIENTE, EN ENTREDICHO

LA PRIORIDAD DE LOS PARQUES EÓLICOS POR ENCIMA DEL MEDIO AMBIENTE, EN ENTREDICHO

En los últimos años, muchas comunidades autónomas de todo el Estado han vivido una auténtica invasión de parques eólicos y solares. Proyectos de grandes dimensiones se han implantado en todo el territorio, en muchas ocasiones sin respetar los derechos de los propietarios, el carácter agrícola y el urbanismo de muchas poblaciones, o la protección de los espacios naturales.

Este “desarrollismo” ha sido impulsado por muchas Administraciones, que se sienten amparadas por una legislación que, entienden, prioriza el crecimiento de la industria energética renovable por encima de todo. Quienes defienden esta política suelen referirse a un precepto concreto: el artículo 3.2 del Reglamento del Consejo Europeo 2022/2577 de 22 de diciembre.

Artículo 3

Interés público superior

1.   Se presumirá que la planificación, construcción y explotación de centrales e instalaciones de producción de energía procedente de fuentes renovables y su conexión a la red, así como la propia red conexa y los activos de almacenamiento, son de interés público superior y contribuyen a la salud y la seguridad públicas, al ponderar los intereses jurídicos de cada caso, a efectos del artículo 6, apartado 4, y el artículo 16, apartado 1, letra c), de la Directiva 92/43/CEE del Consejo (5), el artículo 4, apartado 7, de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (6) y el artículo 9, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (7). Los Estados miembros podrán restringir la aplicación de estas disposiciones a determinadas zonas de su territorio, así como a determinados tipos de tecnologías o a proyectos con determinadas características técnicas, de conformidad con las prioridades que figuran en sus planes nacionales integrados de energía y clima.

2.   Los Estados miembros garantizarán, al menos en el caso de los proyectos que se consideren de interés público superior, que al ponderar los intereses jurídicos de cada caso en el proceso de planificación y concesión de autorizaciones, se dé prioridad a la construcción y explotación de centrales e instalaciones de producción de energía procedente de fuentes renovables y al desarrollo de la infraestructura de red conexa. Por lo que se refiere a la protección de especies, la frase anterior solo debe aplicarse en tanto en cuanto se adopten medidas adecuadas de conservación de especies que contribuyan a mantener las poblaciones de esas especies en un estado de conservación favorable, o a restablecerlas a ese estado, y se destinen suficientes recursos financieros, además de zonas, a tal efecto.

A primera vista, esta norma promueve una aceleración del despliegue de las renovables, ya que obliga a los Estados europeos, en el momento de decidir si autorizan parques o sus infraestructuras, a darles preferencia por encima de otros intereses legales.

Ahora bien, su interpretación no es tan clara como algunos quieren hacer creer. Así, recientemente, el principal tribunal administrativo de Bélgica (el Conseil d’État, Sección de lo Contencioso Administrativo; equivalente a nuestro Tribunal Supremo) ha elevado una cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la que plantea lo siguiente:

  • El artículo 3.2 solo permite priorizar la política energética frente a ciertos preceptos concretos de tres directivas. ¿Qué debe hacerse entonces cuando la Administración tiene que decidir en casos en los que están en juego otros intereses protegidos por otras normas (como la defensa del paisaje o del patrimonio cultural)
  • El Conseil d’État también pregunta si, cuando el artículo 3.2 reconoce que los proyectos de renovables deben tener un interés público preferente, esto implica que cada proyecto debe tener reconocido ese interés superior de manera concreta y específica.
  • Por último, el Conseil d’État plantea si, en el momento de autorizar, los Estados están siempre obligados a dar prioridad absoluta a los proyectos de renovables, o si los Estados miembros pueden apartarse de este criterio en casos concretos.

El Conseil d’État formula estas dudas en relación con otro reglamento europeo relacionado con las energías renovables (el Reglamento 2024/2239), que aclara el Reglamento 2022/2577, estableciendo que en ningún caso el interés prioritario energético puede prevalecer cuando los proyectos tienen impactos ambientales negativos que no pueden ser compensados ni mitigados (lo que en el derecho español se denomina un impacto crítico). El interés público superior de las renovables es una presunción legal, y por tanto puede ser rebatida. En segundo lugar, el reglamento de 2024 insiste en la importancia de medidas reforzadas de mitigación y compensación para prevenir dichos efectos.

La cuestión está pendiente del Tribunal europeo, pero es importante tener en cuenta que la forma en que el tribunal belga interpreta el Reglamento de 2022 pone en duda que este sea tan tajante como suelen interpretarlo algunas voces (especialmente las de las empresas energéticas). Una sentencia europea que admitiera una interpretación más flexible del Reglamento podría llevar a entender que los proyectos de energías renovables no tienen siempre carta blanca para ser autorizados (sin importar el coste para el patrimonio natural o cultural, o el bienestar de las poblaciones vecinas), sino que requieren siempre una ponderación de todos los intereses en juego. O incluso que requieren una declaración, caso por caso, de interés público superior que justifique su prioridad.

Solo podemos esperar y desear que la interpretación del Tribunal permita aplicar el Reglamento de una manera más flexible y que evite sacrificar la protección del medio natural y humano en favor de la política energética.

Albert Calduch Abogados impulsa un recurso contra la gasolinera de Can Petit por graves irregularidades

El bufete de abogados de Reus, Albert Calduch Abogados, especializado en derecho ambiental, ha presentado un recurso de revisión de oficio contra la construcción de la gasolinera de Can Petit, situada en el barrio de Sant Llorenç. Según el recurso, el Ayuntamiento de Terrassa podría estar obligado a detener las obras, ya que la gasolinera se encuentra a solo 15 metros de las viviendas e incumple diversas normativas.

Irregularidades detectadas por Calduch Abogados

  • Falta de participación pública y vecinal, obligatoria según la legislación vigente.
  • Ausencia de informes de seguridad industrial y contra incendios.
  • Falta de licencia ambiental y de obras.
  • Incumplimiento de la normativa de distancias, ya que una instrucción de la Generalitat de 2007 establece que debería estar a un mínimo de 150 metros de las viviendas.
  • Contaminación lumínica nocturna.
  • Ejecución de actos sin respaldo legal (vía de hecho).

Consecuencias y acción legal

El bufete de Albert Calduch Abogados argumenta que el Ayuntamiento de Terrassa debería retirar la construcción y restaurar los terrenos. Además, recalcan la falta de revisión del Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM), que data de 2003.

Si necesitas asesoramiento legal en derecho ambiental o urbanismo, contacta con Albert Calduch Abogados.

Noticia publicada en Terrassa Digital: Ver noticia

La defensa de Salillas conducida por Albert Calduch llega a la Audiencia Nacional.

Calduch Abogados en Reus - Salillas

El despacho Calduch Abogados se enfrenta a un gran proyecto de riego que amenaza las tierras de cultivo del pueblo de Salillas en Huesca.

El abogado Albert Calduch, del despacho Calduch Abogados en Reus, se encarga de la defensa del pueblo de Salillas, Huesca. Este pequeño municipio, ubicado en la Hoya de Huesca y hogar de apenas un centenar de habitantes, enfrenta un desafío monumental: un macroproyecto de riego promovido por el Ministerio de Agricultura que podría inundar 30 hectáreas de tierras de cultivo vitales para la comunidad.

El macroproyecto inundará 30 hectáreas de tierra de cultivo.

El proyecto, financiado con 55 millones de euros de los fondos europeos Next Generation, prevé la construcción de dos grandes balsas de riego y 12 kilómetros de tuberías de gran diámetro. Sin embargo, los agricultores locales no se beneficiarán de este sistema de riego, ya que les arrebataría algunas de sus mejores tierras y podría hipotecar el futuro del pueblo. La instalación de una de las balsas a solo 125 metros del núcleo urbano ha provocado una fuerte oposición entre los vecinos y regantes de Salillas.

Se instalará una balsa a tan solo 125 metros del núcleo urbano.

El objetivo del proyecto es reducir los costos del agua para las comunidades de regantes del Sector X y XI del Canal del Flumen, compuestas principalmente por socios de Sariñena y San Lorenzo. La estrategia consiste en reemplazar los sistemas de bombeo alimentados con gasóleo por un sistema de riego por presión natural. Sin embargo, César González Cebollada, profesor de Ingeniería del Riego de la Universidad de Zaragoza y asesor técnico de los afectados, critica esta medida, calificándola de “unilateral y agresiva”. Propone una alternativa más sostenible: la instalación de placas fotovoltaicas para el bombeo del agua.

Tras un año de protesta los afectados demandan ante la Audiencia Nacional

Tras un año de protestas, los afectados decidieron dar un paso más y presentar una demanda ante la Audiencia Nacional, denunciando presuntas irregularidades en el proyecto. La comunidad de regantes de Salillas y Huerto (A-19-20), con el respaldo de sus ayuntamientos, ha confiado su defensa a Albert Calduch, un abogado especialista en medio ambiente del despacho Calduch Abogados en Reus.

El abogado Albert Calduch especialista en medioambiente llevará la defensa.

Jesús Viñuales, portavoz de la plataforma de afectados y vecino de Salillas, compara esta lucha con la de David contra Goliat, destacando los graves impactos ambientales y socioeconómicos que el proyecto tendría en su comunidad. Viñuales afirma que perderían el 10% del regadío del pueblo, además de tener que soportar las tuberías, servidumbres y posibles averías.

Existe un “fraude de ley” indica el abogado de Reus Albert Calduch.

Albert Calduch argumenta que existe un “fraude de ley” al aplicar una exención de la evaluación ambiental que no corresponde a este caso, y cuestiona la declaración de interés general que ha permitido la expropiación de terrenos. Además, los afectados denuncian que el proyecto no cumple con los condicionantes ambientales necesarios para recibir los fondos europeos.

Hoy, los vecinos y regantes de Salillas harán visible nuevamente su rechazo al proyecto durante la inauguración de unas obras de regadío en la comunidad cercana de El Molinar del Flumen, con la presencia de Francisco Rodríguez Mulero, presidente de Seiasa, e Isabel Bombal, directora general de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura.

El despacho Calduch Abogados en Reus está comprometido con la defensa del medioambiente.

En Calduch Abogados en Reus, estamos comprometidos con la defensa de los derechos y el futuro de las comunidades afectadas por proyectos injustos. Con la experiencia y dedicación de Albert Calduch, continuamos luchando por la justicia y la protección del medio ambiente.

Para más información sobre nuestros servicios legales y cómo podemos ayudarle, visite Calduch Abogados o contáctenos en nuestro despacho en Reus.

Extraído del artículo: https://www.elperiodicodearagon.com/comarcas/2024/07/18/oposicion-balsas-riego-salillas-llega-105779286.html

Noticia relacionada: https://www.calduchabogados.com/es/albert-calduch-y-la-defensa-de-los-pequenos-regantes-en-huesca/