SOBRE EL NUEVO JUZGADO DE FAMILIA EN LA CIUDAD DE REUS

Recientemente se ha hecho pública la asignación presupuestaria y la designación del personal, secretario y autoridad judicial de un nuevo juzgado en Reus.

Así que, esta vez sí, dejamos atrás las promesas y las palabras y entramos en el ámbito de los hechos ciertos. Ya no dependeremos de la buena voluntad de nadie sino que contar con un juzgado especialista y único en esta materia es una realidad.

Finaliza la reivindicación largamente esgrimida del colectivo de abogados de la necesidad de tener un juzgado civil que centralice todos los procesos de materia de derecho de familia.

Lo cierto es que la profusión de materias que van a ser objeto de enjuiciamiento por parte de este juzgado aconsejaba una medida semejante.

Así nos encontraremos, por fin, que todos los procesos relativos a filiación, divorcios, paternidades, estado civil, modificaciones de pensiones o incapacidades serán juzgados por una única autoridad judicial. Con ello podremos tener por ciertos los criterios que en esta materia podemos esperar. Es decir, podemos augurar cual será el importe de la pensión de alimentos que se impondrán a determinada persona que cobra dos mil euros mensuales, por poner un ejemplo concreto, o los criterios de revisión en concreto que razonablemente nos van a pedir.

Por ello celebramos esta buena noticia que equipara la planta de juzgados de Reus con la de la mayoría de ciudades importantes de Cataluña que contaban ya con un juzgado especializado en materia de familia.

Fdo.- Albert Calduch

 

Albert Calduch en un acto para informar sobre el caso Lafarge-Holcim

La Asociación Vecinal Can San Juan organizó ayer un acto en el Montcada i Reixac para informar de los casos que tiene abiertos contra la empresa Lafarge-Holcim, que el verano de 2010 comenzó la valorización de residuos, una práctica que los ecologistas rechazan al considerar que se trata de una incineración encubierta de desechos contaminantes.

El abogado de la entidad vecinal, Albert Calduch, habló de las causas abiertas en la actualidad y los dos contenciosos que ganó la entidad anteriormente relacionados con la autorización ambiental que la Generalitat otorgó a la cementera, que fue rechazada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y el Tribunal Supremo alegando un defecto de forma, ya que la presentación del estudio ambiental por parte de Lafarge tenía la misma fecha que la resolución del Departamento de Medio Ambiente. “Antes de autorizar una actividad han analizar los informes y ahí quedó demostrado que no tuvieron tiempo material para hacerlo”, manifestó el abogado.

En cuanto a los procesos actuales, la AV tiene en marcha un contencioso contra la Generalitat al considerar que la nueva autorización ambiental otorgada a Lafarge no es válida ya que se basa en unos estudios de 2006 que no se ajustan a la realidad actual. “El control de la administración sobre la actividad de la cementera es estéril porque antepone el interés de la gestión de los residuos por delante del interés general”, argumentó Calduch, quien denunció que Lafarge también tiene caducada la licencia de actividades. “El último movimiento de la Generalitat para resolver este tema es aplicar una normativa hace muchos años para que la empresa incorpore mejoras técnicas”, dijo el jurista.

La asociación de Can Sant Joan, que forma parte de la Plataforma Antiincineración de Moncada, también tiene interpuesta una denuncia por la vía penal contra la cementera por contaminación acústica, que se encuentra en la fase de instrucción en el Juzgado de Cerdanyola. “El juez ha encargado a un perito judicial que corrobore si los argumentos que presenta Lafarge son ciertos”, dijo Calduch, en referencia al recurso que ha presentado la empresa sobre el mapa acústico elaborado por el Ayuntamiento, donde se considera que los calles Bifurcación y Mina son zonas habitables, mientras que Lafarge defensa que es un sector industrial con alguna vivienda, proponiendo que por la noche el límite de decibelios permitidos pase de 45 a 60. “Si podemos demostrar la contaminación acústica que genera Lafarge, tenemos muchas posibilidades de cerrar la planta “, comentó, quien felicitó a la AV por su perseverancia en la lucha contra la cementera, teniendo en cuenta que es la segunda multinacional del sector más importante del mundo.

Enlace (catalán): https://www.laveu.cat/noticies.cfm/id/596830/l_av-can-sant-joan-explica-processos-judicials-te-oberts-contra-l_empresa-lafarge-holcim.htm

Los accidentes laborales

¿Qué es un accidente de trabajo?

Incluso en los trabajos más aparentemente seguros, es posible que un trabajador se lesione por las causas más diversas. En estas ocasiones es muy habitual que el accidentado se limite a coger una baja laboral ordinaria. Pero hay que tener en cuenta que las leyes laborales prevén que cualquier lesión que sufra un trabajador durante el trabajo o como consecuencia del trabajo. Y por lo tanto generan una obligación del empresario de indemnizar al trabajador.

Así la Ley General de Seguridad Social incluye dentro del concepto de accidente de trabajo:

– Los accidentes que se sufren durante el desplazamiento de ida o de vuelta del puesto de trabajo tienen la consideración de accidentes de trabajo.

– Los accidentes que se sufren mientras se desarrolla un cargo sindical.

– Los accidentes que se hacen haciendo trabajos diferentes a las de tu empleo habitual, siempre que se hagan por encargo del empresario o para contribuir al trabajo (sería el caso por ejemplo de un oficial de construcción que también hace tareas de transporte de materiales).

– Las enfermedades o lesiones que se adquieran por causas diferentes a las laborales pero que empeoren por culpa del trabajo.

– Los accidentes que se produzcan durante actos de salvamento.

– También se consideran accidentes laborales los que se sufren durante los períodos de descanso.

Como se puede ver, la definición de accidentes de trabajo es muy amplia y tiene un carácter casi objetivo: cualquier lesión que se sufra durante la jornada de trabajo y el lugar de trabajo. Sólo hay una serie de excepciones a esta norma general:

– Las debidas a fuerza mayor. Siempre que no guarden relación con el trabajo. Siempre que sea una fuerza mayor extraña al trabajo. Por ejemplo sufrir una insolación trabajando no se considera fuerza mayor.

– Cuando se deban a una imprudencia grave del trabajador. Siempre que no sea una temeridad que provenga de la confianza que da la experiencia en el puesto de trabajo.

Por lo tanto, para demostrar que ha habido un accidente de trabajo hay que demostrar que concurren tres condiciones: la primera, que ha habido un accidente; la segunda, que hay una relación laboral; después de que existe una relación entre los dos hechos. La presunción de que todos los accidentes ocurridos en el lugar de trabajo son accidentes de trabajo juega claramente en favor de los trabajadores. Y es un reflejo de su derecho a la integridad física ya la seguridad y la higiene en el trabajo (artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores) así como de la suposición de que el empresario debe garantizar la realización del trabajo en condiciones adecuadas .

Por lo tanto, vemos que no es necesario demostrar un grave incumplimiento de las condiciones de seguridad por parte del empresario: sólo que ha habido un accidente en el lugar de trabajo en horas de trabajo. Es en su caso el empresario quien debería demostrar que los hechos son fortuitos o no tienen relación con el trabajo.

Un accidente de trabajo genera un derecho del trabajador ha sido indemnizado por el empresario. La cuantía de la indemnización se calcula en proporción a la importancia de los daños.

Hay que tener presente que muchos convenios colectivos también prevén que los trabajadores en baja laboral por accidente de trabajo han de cobrar una prestación igual a la de su salario habitual.

En caso de que se sufra un accidente laboral, siempre existe el riesgo de que el empresario intente hacer pasar los hechos por una accidente ordinario (sobre todo gracias al acceso que tienen a las mutuas laborales). Por ello se recomienda que, ante cualquier accidente de trabajo, se denuncie la situación a la Inspección de Trabajo, que realizaría la pertinente investigación. Igualmente si se visita urgencias o un médico habría que hiciera constar en su informe que el accidente ocurrió en el lugar de trabajo.

También recomendamos que no se acepte ninguna indemnización sin antes estudiar detenidamente (hay que tener en cuenta que los seguros son un concepto diferente a la indemnización). Por ello recomendamos consultar con CALDUCH ABOGADOS en caso de que se encuentre en esta situación.