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ABUSOS ADMINITRATIVOS Y COSTAS

Lo que popularmente conocemos como condena en costas cumple una doble finalidad. Por un lado persigue compensar a la parte que se ve arrastrada a un pleito sin fundamento por…

Los accidentes laborales

¿Qué es un accidente de trabajo? Incluso en los trabajos más aparentemente seguros, es posible que un trabajador se lesione por las causas más diversas. En estas ocasiones es muy…

Una Sentencia declara sin efectos las cláusulas Suelo de Cuarenta Bancos y Cajas
Muchas personas que están pagando hipotecas están ligadas por las Cláusulas Suelo.

Por estas Cláusulas Suelo el tipo de interés, aunque esté vinculado a indicadores variables como podría ser el Euribor, no puede bajar de un mínimo (que sería el suelo, precisamente).

El Tribunal Supremo ya dijo en su sentencia de 9 de mayo de 2013 que las cláusulas suelo que incluían en sus contratos los bancos eran nulas; ya que estas entidades no ofrecían a sus clientes información suficiente sobre elementos como el coste comparativo con otros productos, la relación entre suelo y techo, etc. Sólo con que concurra uno de estos elementos, según el Supremo, la cláusula suelo deviene nula.

La sentencia considera nulas estas cláusulas por la falta de claridad con que los bancos las ofrecen a sus clientes. Concretamente el Tribunal Supremo considera abusivas estas conductas:

a) Falta información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objetivo principal del contratante.

b) Se insertan de forma conjunta con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas.

c) No existen simulaciones de Escenarios diversos relacionados con el Comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.

d) No hay información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo Con otra Modalidades de préstamo de la propia Entidad -caso de existir- o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas.

e) En el caso de las utilizadas por el BBVA, se ubican entre una abrumadora Cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor.

TS Contra los Préstamos al Consumidor del 24%

El TRIBUNAL SUPREMO Considera Abusivo los Prestamos al Consumidor  con un Interés del 24%. 

Una sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015 ha supuesto un giro en lo que se consideran intereses abusivos en los préstamos al consumidor.

En este caso un particular firmó un crédito al consumo con un bancopor el que estaba obligado a un interés remuneratorio del 24,6% y un interés de demora del 29,1%. Al reclamar judicialmente el banco dicha cantidad, tanto el Juez de Primera Instancia como la Audiencia Provincial le dieron la razón. No obstante el Tribunal Supremo ha fallado a favor del particular.

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