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Los accidentes laborales

¿Qué es un accidente de trabajo? Incluso en los trabajos más aparentemente seguros, es posible que un trabajador se lesione por las causas más diversas. En estas ocasiones es muy…

Una Sentencia declara sin efectos las cláusulas Suelo de Cuarenta Bancos y Cajas
Muchas personas que están pagando hipotecas están ligadas por las Cláusulas Suelo.

Por estas Cláusulas Suelo el tipo de interés, aunque esté vinculado a indicadores variables como podría ser el Euribor, no puede bajar de un mínimo (que sería el suelo, precisamente).

El Tribunal Supremo ya dijo en su sentencia de 9 de mayo de 2013 que las cláusulas suelo que incluían en sus contratos los bancos eran nulas; ya que estas entidades no ofrecían a sus clientes información suficiente sobre elementos como el coste comparativo con otros productos, la relación entre suelo y techo, etc. Sólo con que concurra uno de estos elementos, según el Supremo, la cláusula suelo deviene nula.

La sentencia considera nulas estas cláusulas por la falta de claridad con que los bancos las ofrecen a sus clientes. Concretamente el Tribunal Supremo considera abusivas estas conductas:

a) Falta información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objetivo principal del contratante.

b) Se insertan de forma conjunta con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas.

c) No existen simulaciones de Escenarios diversos relacionados con el Comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.

d) No hay información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo Con otra Modalidades de préstamo de la propia Entidad -caso de existir- o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas.

e) En el caso de las utilizadas por el BBVA, se ubican entre una abrumadora Cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor.

TS Contra los Préstamos al Consumidor del 24%

El TRIBUNAL SUPREMO Considera Abusivo los Prestamos al Consumidor  con un Interés del 24%. 

Una sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015 ha supuesto un giro en lo que se consideran intereses abusivos en los préstamos al consumidor.

En este caso un particular firmó un crédito al consumo con un bancopor el que estaba obligado a un interés remuneratorio del 24,6% y un interés de demora del 29,1%. Al reclamar judicialmente el banco dicha cantidad, tanto el Juez de Primera Instancia como la Audiencia Provincial le dieron la razón. No obstante el Tribunal Supremo ha fallado a favor del particular.

L’EXPROPIACIÓ I EL DRET A LA REVERSIÓ.

L’EXPROPIACIÓ I EL DRET A LA REVERSIÓ.

L’expropiació és un mecanisme pel qual els organismes públics poden privar a les persones físiques o jurídiques (ciutadans o empreses) de la seva propietat. Aquesta propietat passa del titular a l’organisme públic o a un tercer per a la seva explotació. L’expropiació només es pot donar en aquells casos en que hi ha un interès públic que avali l’operació. Per exemple que s’expropiï una finca per construir una carretera, una via de tren, etcètera. El propietari del bé expropiat sempre ha de ser indemnitzat pel seu just valor.

Ara bé, hi ha ocasions en que s’expropia el bé, però aquest no es destina a la finalitat d’interès públic, perquè no s’executi l’obra o no s’estableixi el servei projectat.  Pensem en el cas de que finalment no es construeixi una carretera per qualsevol motiu. En aquest cas el propietari es troba en que li van manllevar la seva propietat justificant-ho amb un objectiu d’interès públic, però que ja no hi ha aquesta raó. Per tant no hi ha cap motiu per a que la propietat segueixi expropiada.

AHORA ES POSIBLE SUSPENDER UNA EJECUCIÓN HIPOTECARIA

AHORA ES POSIBLE SUSPENDER UNA EJECUCIÓN HIPOTECARIA.

 

Una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas del año 2013 considera que un juez español puede suspender la ejecución de un préstamo hipotecario de forma cautelar si considera que puede contener cláusulas abusivas.

Hasta ese momento, cuando una entidad crediticia iniciaba un proceso judicial de ejecución hipotecaria, el afectado podía iniciar un proceso aparte, denominado proceso declarativo, alegando que su contrato contenía cláusulas abusivas. No obstante, esta segunda vía no servía para detener la ejecución. Por lo que incluso ganando el proceso declarativo, el afectado perdía su vivienda, y lo único que podía conseguir era una indemnización por daños y perjuicios.

LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA SIN SEGURIDAD CIUDADANA

LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA SIN SEGURIDAD CIUDADANA

A finales de noviembre de 2013 el consejo de ministros aprobó el anteproyecto de la nueva ley de seguridad ciudadana. Falta aún todo el trámite parlamentario, que no de información pública, pero a la vista que la mayoría absoluta comportará que se apruebe sí o sí, no he podido resistirme a hacer un análisis no técnico destinado a las personas sin específicos conocimientos de derecho constitucional o administrativo.

Como podríamos hablar de este tema muchas horas he dividido el asunto en secciones que intentaré publicar semanalmente para debatir, comentar o lo que consideréis conveniente.

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